Alquilar en España
Qué te pueden pedir, qué no, y qué dice el contrato que vas a firmar.
Cuánto dura de verdad un contrato
Aunque el contrato diga un año, la ley te da más. En vivienda habitual tienes derecho a prorrogarlo hasta cinco años si el propietario es una persona física, o hasta siete si es una empresa.
Esas prórrogas son obligatorias para el propietario y voluntarias para ti. Él no puede negarse salvo en un supuesto: que necesite la vivienda para sí mismo o para un familiar directo, y lo haya dejado escrito en el contrato desde el principio.
Y tú puedes irte antes
Pasados seis meses puedes rescindir avisando con treinta días de antelación. Si el contrato prevé indemnización, será como máximo una mensualidad por cada año que quede pendiente, en proporción.
Al final del plazo, si ninguna de las dos partes dice nada, el contrato se prorroga automáticamente por periodos anuales hasta tres años más. Conviene saberlo tanto si quieres quedarte como si quieres irte.
La fianza y lo que va aparte
La fianza legal en vivienda habitual es de una mensualidad. Ni dos, ni tres. Es obligatoria y el propietario tiene que depositarla en el organismo de su comunidad autónoma.
Aparte de la fianza, el propietario puede pedir garantías adicionales: aval bancario, más meses en depósito, un seguro de impago. Pero en contratos de hasta cinco años esas garantías extra no pueden superar el equivalente a dos mensualidades.
Si te piden seis meses por adelantado o una fianza de tres mensualidades en un alquiler de vivienda habitual, algo no encaja. Pregúntalo antes de firmar.
Al irte
El propietario tiene un mes desde la entrega de llaves para devolverte la fianza. Pasado ese plazo, la cantidad devenga intereses. Puede descontar desperfectos, pero no el desgaste normal por el uso.
Cuánto te pueden subir la renta
Solo se puede actualizar la renta si el contrato lo dice expresamente, y solo una vez al año, en la fecha en que se cumple cada anualidad.
El índice de referencia ha cambiado en los últimos años. Antes se usaba el IPC; ahora existe un índice específico para actualizar alquileres. Comprueba cuál dice tu contrato y cuál es el vigente cuando toque la actualización.
En zona tensionada
Algunas comunidades han declarado zonas de mercado residencial tensionado, donde hay límites adicionales a la subida y al precio de los nuevos contratos. Si alquilas en una gran ciudad, merece la pena comprobar si tu zona está declarada.
Quién paga qué
Los honorarios de la agencia
Desde 2023, en alquiler de vivienda los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato los paga el propietario, no el inquilino. Si te piden una mensualidad por gestión, no procede.
- Comunidad de propietarios: normalmente el propietario, salvo que el contrato diga lo contrario y esté cuantificado.
- IBI: el propietario, aunque puede pactarse que lo pague el inquilino si consta por escrito.
- Suministros con contador individual: el inquilino.
- Reparaciones para mantener la vivienda habitable: el propietario.
- Pequeñas reparaciones del desgaste por uso: el inquilino.
La frontera entre reparación mayor y pequeño desgaste es donde surgen la mayoría de discusiones. Una caldera que se avería es del propietario. Cambiar una junta de grifo, tuya.
Antes de firmar
- Que quien firma sea el propietario o tenga poder para hacerlo. Pide la nota simple o el poder.
- Que el contrato diga si es vivienda habitual: de eso depende que te apliquen las prórrogas.
- El certificado energético, que es obligatorio también en alquiler.
- Un inventario del estado y del mobiliario, con fotos, firmado por las dos partes.
- Qué pasa con los suministros: si están a tu nombre o al del propietario.
- Si se admiten animales, y que conste por escrito lo que os digáis de palabra.
Las fotos del primer día
Haz fotos de todo el día que entres, incluidas las marcas y desperfectos que ya existan. Es lo que evita discusiones sobre la fianza cuando te vayas, y cuesta diez minutos.
Si eres tú quien alquila
El lado del propietario tiene sus propias reglas que conviene conocer.
- Necesitas certificado energético antes de anunciar, igual que para vender.
- Tienes que depositar la fianza en el organismo de tu comunidad autónoma.
- No puedes entrar en la vivienda sin permiso del inquilino, aunque seas el dueño.
- Los ingresos tributan en el IRPF, con reducciones que dependen del tipo de contrato y de la zona.
- Desde 2023, los honorarios de la agencia son tuyos.
Sobre el impago
Recuperar una vivienda por impago lleva meses. Filtrar bien al principio ahorra mucho más que cualquier garantía posterior: nóminas, vida laboral y referencias del alquiler anterior.
En resumen
- El contrato dura lo que dice la ley, no lo que dice el papel: hasta cinco o siete años.
- La fianza es una mensualidad. Las garantías extra tienen tope.
- La renta solo sube una vez al año y solo si el contrato lo prevé.
- Los honorarios de agencia los paga el propietario.
- Haz fotos el día que entres.
Esta guía es informativa y no es asesoramiento jurídico. La normativa de alquiler ha cambiado varias veces en los últimos años y algunas reglas dependen de tu comunidad autónoma. Para tu caso concreto, consulta con un abogado antes de firmar.
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